Resuelve el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dudas de personas próximas a jubilares, con esta asesoría, aquellos que comenzaron a cotizar antes de julio de 1997, pueden saber si les conviene pensionarse con la Ley 73 o 97.
Erika Martínez López, jefa del Departamento de Prestaciones Económicas, comentó que esta atención se brinda en área de supervisión de la Delegación del IMSS, donde el personal realiza un cálculo con respecto a la pensión que les correspondería con cada una de las dos leyes.
De esta forma, el derechohabiente recibe información respecto a cuánto ascendería el monto de su pensión mensual y cómo se actualizaría anualmente, para lo cual, debe llevar su número del Seguro Social e identificación oficial; añadió que por lo general a la gente le conviene la Ley 73, pero hay excepciones.
Martínez López refirió, que este servicio se ofrece en exclusiva en la Delegación y las dos subdelegaciones del IMSS que hay en el estado; en las unidades no, porque para el cálculo se requiere conocer el número de semanas de cotización y el salario promedio, información que sólo conoce el área de afiliación.
Una vez que se proporcionan los cálculos, el derechohabiente puede analizar con tranquilidad la opción que más le conviene, y posteriormente, empezar el trámite de la pensión en la Unidad Médica Familiar que le corresponde.
Finalmente, la jefa del Departamento de Prestaciones Económicas recordó, que con la Ley 73, el trabajador debe sumar 500 semanas cotizadas, 60 años cumplidos para cesantía y 65 para vejez; mientras que con Ley 97, requieren 1,250 semanas de cotización, esto además de otros requisitos, como acta de nacimiento y cuenta de la Afore, para hacer su solicitud de pensión.
EL DATO
Asesoría en el área de supervisión de la Delegación del IMSS.