/ martes 11 de octubre de 2022

Colectivos aplauden decisión de la SCJN respecto a la vida

El Tribunal Pleno declaró inválida la reforma en la que se reconocía el derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte

El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la sesión del lunes 10 de octubre del 2022, declaró que es inválida la reforma del artículo dos párrafo cuarto de la Constitución del Estado de Aguascalientes que reconocía el derecho a la vida desde la concepción y hasta la muerte natural.

“Es muy importante porqué les están enmendando la plana al congreso diciéndoles que si quieren trabajar a través de los derechos tiene que hacerlo desde otras formas, no repitiendo estos patrones, ya que lo único que hacen es estigmatizar a las mujeres y no garantizan el derecho, la Corte les dice que finalmente el estado no está facultado para hacer estas reformas y hacer estas modificaciones a nivel constitucional”, así lo expresó Angélica Contreras, integrante de Cultivando Género.

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En ese sentido, comentó que el Tribunal Pleno estableció, conforme a precedentes que las entidades federativas no están facultadas para modificar el concepto de persona en sus constituciones locales:

La Corte precisó que la norma impugnada podría comprometer el ejercicio de los derechos a la autonomía reproductiva, vida, igualdad, salud e integridad personal de las mujeres y personas gestantes.

Angélica Contreras, Integrante de Cultivando Género

La activista, mencionó que esto es gracias a las acciones promovidas por la Comisión de Derechos Humanos del estado de Aguascalientes y promovidas por las organizaciones Morras, Help Morras, Terfu, CECADEC, y Cultivando Género en abril del 2021.

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“Me queda claro que es a nivel de la sociedad civil y desde las organizaciones quienes estamos en la lucha constante para que se garanticen nuestros derechos y no vamos a dar un pasó atrás hasta que los derechos de todas las mujeres en Aguascalientes sean reconocidos”, finalizó Angélica Contreras.


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“Es muy importante porqué les están enmendando la plana al congreso diciéndoles que si quieren trabajar a través de los derechos tiene que hacerlo desde otras formas, no repitiendo estos patrones, ya que lo único que hacen es estigmatizar a las mujeres y no garantizan el derecho, la Corte les dice que finalmente el estado no está facultado para hacer estas reformas y hacer estas modificaciones a nivel constitucional”, así lo expresó Angélica Contreras, integrante de Cultivando Género.

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En ese sentido, comentó que el Tribunal Pleno estableció, conforme a precedentes que las entidades federativas no están facultadas para modificar el concepto de persona en sus constituciones locales:

La Corte precisó que la norma impugnada podría comprometer el ejercicio de los derechos a la autonomía reproductiva, vida, igualdad, salud e integridad personal de las mujeres y personas gestantes.

Angélica Contreras, Integrante de Cultivando Género

La activista, mencionó que esto es gracias a las acciones promovidas por la Comisión de Derechos Humanos del estado de Aguascalientes y promovidas por las organizaciones Morras, Help Morras, Terfu, CECADEC, y Cultivando Género en abril del 2021.

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