/ domingo 5 de junio de 2022

Multas a empresas por timbrado de la nómina

Si el SAT detecta inconsistencias en la emisión de los recibos, podría imponer sanciones económicas 

Las empresas podrían ser multadas con sanciones de entre ocho mil y 16 mil pesos, por cada CFDI que emitan con errores, si la autoridad fiscal detecta inconsistencias entre la constancia de situación fiscal que se exige a sus trabajadores y el timbrado del recibo de nómina que emiten las compañías.

La abogada fiscalista Pamela Cuevas Mendoza subrayó que aunque se vean afectadas por esta situación, las empresas no pueden dejar de pagar a sus trabajadores, porque su salario está protegido por diversas normas laborales, sin embargo, la omisión por parte de los empleados sí mermaría monetariamente a las compañías.

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Puntualizó que esta situación ha provocado que haya críticas por la falta de organización y logística de parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), que apenas esta semana ha establecido mecanismos para facilitar a empresas y trabajadores el cumplimiento de esta obligación, pero en los meses anteriores ni siquiera había normalizado el esquema de citas.

Pamela Cuevas apuntó que el problema no es la constancia de situación fiscal, sino la información que esta incluye, pues será un candado de fiscalización por parte de las autoridades fiscales para cruzar información.

Te puede interesar: Constancia de situación fiscal: ¿Qué es y por qué será obligatorio tramitarla?

A partir de la entrada en vigor del CFDI 4.0, prevista inicialmente para el primero de enero, pero se ha ido aplazando su obligatoriedad al primero de julio, las empresas deben solicitar a sus empleados la constancia de situación fiscal, pues el recibo de nómina del trabajador deberá incluir su nombre, RFC, régimen y domicilio fiscal.

Por último, la abogada fiscalista Pamela Cuevas dijo que aunque en apariencia el trámite es sencillo, en la práctica no lo es porque trabajadores se desconoce si están dados de alta o si cuentan con un domicilio fiscal, no tiene su contraseña o e.Firma; quienes ya tiene un historial laboral seguramente ya cuenta con estos datos, pero seguramente tendrá el domicilio de su empleador.


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La abogada fiscalista Pamela Cuevas Mendoza subrayó que aunque se vean afectadas por esta situación, las empresas no pueden dejar de pagar a sus trabajadores, porque su salario está protegido por diversas normas laborales, sin embargo, la omisión por parte de los empleados sí mermaría monetariamente a las compañías.

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Pamela Cuevas apuntó que el problema no es la constancia de situación fiscal, sino la información que esta incluye, pues será un candado de fiscalización por parte de las autoridades fiscales para cruzar información.

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A partir de la entrada en vigor del CFDI 4.0, prevista inicialmente para el primero de enero, pero se ha ido aplazando su obligatoriedad al primero de julio, las empresas deben solicitar a sus empleados la constancia de situación fiscal, pues el recibo de nómina del trabajador deberá incluir su nombre, RFC, régimen y domicilio fiscal.

Por último, la abogada fiscalista Pamela Cuevas dijo que aunque en apariencia el trámite es sencillo, en la práctica no lo es porque trabajadores se desconoce si están dados de alta o si cuentan con un domicilio fiscal, no tiene su contraseña o e.Firma; quienes ya tiene un historial laboral seguramente ya cuenta con estos datos, pero seguramente tendrá el domicilio de su empleador.


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