/ martes 7 de febrero de 2023

Cambian reglas para la declaración anual en 2023

Existen nuevas instrucciones para presentarla bajo el Régimen Simplificado de Confianza (Resico)

A partir del 2023, habrá nuevas reglas para los contribuyentes que hagan su declaración ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), esto bajo el Régimen Simplificado de Confianza (Resico).

Está dependencia dio a conocer que a partir de este 2023, existen nuevas instrucciones para presentar la declaración, según el capítulo 3.13 de la miscelánea fiscal.

Te puede interesar: Trámites en el SAT orillan a la informalidad: CCEA

Estás reglas incluyen qué, las personas físicas qué tributaban en el régimen de actividades agrícolas ganaderas silvícolas y pesqueras (Agapes), ahora tendrán que presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones.

Asimismo, las declaraciones mensuales de personas físicas y morales deberán ser llenadas con información de los CFDI (documento XML que cumple con la especificación proporcionada por el SAT), según tipo de ingreso, egreso y pago, por lo que ahora la mención de pago estará incluida.

Por su parte, contribuyentes del Resico de Agapes, con ingresos no superiores a 900 mil pesos podrán no presentar la declaración mensual y anual.

En tanto, las personas físicas del Resico seguirán emitiendo CFDI sin firma electrónica hasta el próximo 31 de marzo, sin embargo, posteriormente deberán obtener la e-firma para hacer la declaración.

El Resico es una simplificación administrativa, la cual busca que el pago del impuesto sobre la renta (ISR) sea de forma sencilla y rápida, con el objetivo de que las personas de menores ingresos paguen menos.

La propuesta va enfocada a contribuyentes que, como personas físicas perciban ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos, en base a su actividad económica y a cuatro regímenes fiscales: actividades empresariales y profesionales, de incorporación fiscal, uso y goce de bienes inmuebles y actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.

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Cabe mencionar que, la declaración anual 2023, para los contribuyentes que son personas físicas, se encuentra programada del 1 al 30 de abril, mientras que las personas morales deberán realizarlo del 1 al 31 de marzo.


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A partir del 2023, habrá nuevas reglas para los contribuyentes que hagan su declaración ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), esto bajo el Régimen Simplificado de Confianza (Resico).

Está dependencia dio a conocer que a partir de este 2023, existen nuevas instrucciones para presentar la declaración, según el capítulo 3.13 de la miscelánea fiscal.

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Estás reglas incluyen qué, las personas físicas qué tributaban en el régimen de actividades agrícolas ganaderas silvícolas y pesqueras (Agapes), ahora tendrán que presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones.

Asimismo, las declaraciones mensuales de personas físicas y morales deberán ser llenadas con información de los CFDI (documento XML que cumple con la especificación proporcionada por el SAT), según tipo de ingreso, egreso y pago, por lo que ahora la mención de pago estará incluida.

Por su parte, contribuyentes del Resico de Agapes, con ingresos no superiores a 900 mil pesos podrán no presentar la declaración mensual y anual.

En tanto, las personas físicas del Resico seguirán emitiendo CFDI sin firma electrónica hasta el próximo 31 de marzo, sin embargo, posteriormente deberán obtener la e-firma para hacer la declaración.

El Resico es una simplificación administrativa, la cual busca que el pago del impuesto sobre la renta (ISR) sea de forma sencilla y rápida, con el objetivo de que las personas de menores ingresos paguen menos.

La propuesta va enfocada a contribuyentes que, como personas físicas perciban ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos, en base a su actividad económica y a cuatro regímenes fiscales: actividades empresariales y profesionales, de incorporación fiscal, uso y goce de bienes inmuebles y actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.

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Cabe mencionar que, la declaración anual 2023, para los contribuyentes que son personas físicas, se encuentra programada del 1 al 30 de abril, mientras que las personas morales deberán realizarlo del 1 al 31 de marzo.


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