/ miércoles 18 de septiembre de 2024

¿Son muy costosas? Estas son las multas y sanciones por alterar el Himno Nacional

El sábado, la nieta de Vicente Fernández se presentó previo a la pelea del Canelo Álvarez para entonar el Himno Nacional, pero tuvo algún error que le podría costar varios miles de pesos

A lo largo de los años, varios artistas han cometido el error de cambiar algunas palabras del Himno Nacional Mexicano al momento de entonarlo ante la mirada de miles de personas. Esto le sucedió el sábado 14 de septiembre a la nieta de Vicente Fernández, quien cantó “Profanar con su planta tu Tierra” en lugar de “Profanar con su planta tu suelo”.

Ante esta situación que han pasado reconocidos artistas mexicanos, ¿cuál o cuáles son las sanciones que son acreedores?

De acuerdo con el artículo 56, fracción VIII de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, indica que se considera una infracción a esta ley al “alterar la letra o música del Himno Nacional que establecen los artículos 57 y 58 de esta Ley, y ejecutarlo total o parcialmente en composiciones o arreglos…”

Dependiendo de la gravedad de la infracción va a ser la o las sanciones, mismas que se encuentran en el artículo 56 Quintus:

Amonestación con apercibimiento; multa de hasta 10 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización al momento de cometerse la fracción; multa adicional a la prevista anterior de hasta 10 mil veces el valor de la Unidad de Medida y actualización, por cada día que persista la infracción; arresto hasta por 36 horas; y las demás que establezcan otras disposiciones jurídicas aplicables.

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A lo largo de los años, varios artistas han cometido el error de cambiar algunas palabras del Himno Nacional Mexicano al momento de entonarlo ante la mirada de miles de personas. Esto le sucedió el sábado 14 de septiembre a la nieta de Vicente Fernández, quien cantó “Profanar con su planta tu Tierra” en lugar de “Profanar con su planta tu suelo”.

Ante esta situación que han pasado reconocidos artistas mexicanos, ¿cuál o cuáles son las sanciones que son acreedores?

De acuerdo con el artículo 56, fracción VIII de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, indica que se considera una infracción a esta ley al “alterar la letra o música del Himno Nacional que establecen los artículos 57 y 58 de esta Ley, y ejecutarlo total o parcialmente en composiciones o arreglos…”

Dependiendo de la gravedad de la infracción va a ser la o las sanciones, mismas que se encuentran en el artículo 56 Quintus:

Amonestación con apercibimiento; multa de hasta 10 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización al momento de cometerse la fracción; multa adicional a la prevista anterior de hasta 10 mil veces el valor de la Unidad de Medida y actualización, por cada día que persista la infracción; arresto hasta por 36 horas; y las demás que establezcan otras disposiciones jurídicas aplicables.

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