/ sábado 5 de diciembre de 2020

A prisión quienes abandonen a las personas adultas mayores

La Cámara de Diputados aprueba que se castigue de un mes a cuatro años de cárcel a las personas que dejen a la deriva a la gente senecta

La Cámara baja del Congreso de la Unión aprobó, hace apenas unos días, con 464 votos a favor, dos en contra y cero abstenciones, una reforma al Código Penal federal con el objetivo de sancionar de un mes a cuatro años de prisión, a quien abandone a un adulto mayor, al tener obligación de cuidarlo, si no resultare daño alguno, privándolo, además, de la patria potestad o de la tutela, si el infractor fuere ascendiente o tutor del ofendido.

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Los cambios también establecen que al que sin motivo justificado abandone a un adulto mayor a quien esté obligado a cuidar, sin recursos para atender a sus necesidades de subsistencia, se le aplicarán de un mes a cinco años de prisión, o de 180 a 360 días multa; privación de los derechos de familia y pago, como reparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente por el acusado.

La reforma señala que el delito de abandono de adulto mayor se perseguirá a petición de la parte agraviada.

En sesión semipresencial, las modificaciones a los artículos 335, 336 y 337, se remitieron al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Al fundamentar el dictamen, la diputada Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina, del Partido Encuentro Social, señaló que los adultos mayores viven en una constante lucha por integrase a la sociedad para ver garantizados sus derechos humanos; el maltrato y la discriminación hacia las personas adultas mayores se ha generalizado en el ámbito familiar y eso representa una injusticia.

Refirió que, de acuerdo con el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, en México existen más de 13 millones de personas adultas mayores y el 16 por ciento sufre rasgos de abandono y maltrato por sus propios familiares.

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En el país, agregó, la población de 60 años o más es un sector social y económicamente vulnerable, pues se estima que cerca de 47 por ciento vive en situación de pobreza y entre 20 y 30 por ciento padece violencia física, psicológica y económica, entre otras, o se encuentran en abandono.

Una reforma al Código Penal federal con el objetivo de sancionar de un mes a cuatro años de prisión, a quien abandone a un adulto mayor | Karla Barba

El diputado Alan Jesús Falomir Saenz, de Movimiento Ciudadano (MC), indicó que de acuerdo con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), el ingreso promedio de las personas mayores de 60 años en nuestro país es de 5 mil 245 pesos mensuales, cantidad que resulta insuficiente para la manutención de una persona, la cual en muchos casos tiene derecho a recibir alimentos por parte de sus ascendientes.

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En tanto, el diputado Felipe Rafael Arvizu De la Luz (Morena) comentó que el objetivo de la reforma es proteger la integridad física de los más necesitados. Precisó que los cambios tienen la principal finalidad de establecer expresamente el delito por abandono de toda persona mayor que sea incapaz de cuidarse por sí sola, que esté enferma o no cuente con los recursos necesarios para su subsistencia.


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La reforma señala que el delito de abandono de adulto mayor se perseguirá a petición de la parte agraviada.

En sesión semipresencial, las modificaciones a los artículos 335, 336 y 337, se remitieron al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Al fundamentar el dictamen, la diputada Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina, del Partido Encuentro Social, señaló que los adultos mayores viven en una constante lucha por integrase a la sociedad para ver garantizados sus derechos humanos; el maltrato y la discriminación hacia las personas adultas mayores se ha generalizado en el ámbito familiar y eso representa una injusticia.

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En tanto, el diputado Felipe Rafael Arvizu De la Luz (Morena) comentó que el objetivo de la reforma es proteger la integridad física de los más necesitados. Precisó que los cambios tienen la principal finalidad de establecer expresamente el delito por abandono de toda persona mayor que sea incapaz de cuidarse por sí sola, que esté enferma o no cuente con los recursos necesarios para su subsistencia.


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