/ viernes 1 de abril de 2022

IEE sancionará a servidores por acciones proselitistas

Los que deseen sumarse a las campañas deben hacerlo en días inhábiles marcados por la ley

Imposibilitados las y los servidores públicos para hacer actos proselitistas en días y horarios hábiles, en caso de que alguno sea denunciado, podría hacerse acreedor a sanciones administrativas y legales.

Así lo señaló Javier Mojarro Rosas, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral, quien refirió que hace un meses “debido a un litigio que resolvió la Sala Superior del Poder Judicial de la Federación, en el que se determinó que incluso como servidor público si solicita una licencia sin goce de sueldo en un día hábil para hacer actos proselitistas podrían ser sancionados porque esto se presta mucho para la simulación”.

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El funcionario dijo que “un servidor le podría decir a su jefe dame un par de horas para salirme porque tengo un asunto pendiente y se va a un mitin, esto está penado, sólo pueden hacer actos proselitistas en días marcados como inhábiles por la ley, sábados, domingos y días de descanso, ahora se hizo restrictiva en pro de tener una campaña equitativa y evitar la tentación de usar recursos públicos de cualquier naturaleza en favor de una campaña o candidatura en particular”.

Mojarro Rosas enfatizó en que a pesar de que el servidor requiera un permiso, en caso de ser día hábil se considera un acto sancionable; asimismo, refirió que las denuncias se reciben en el IEE, donde en consejo se lleva a cabo una pequeña audiencia con las partes involucradas y posterior a integrar el expediente, se lleva al Tribunal Estatal Electoral, que se encarga de resolver.

Añadió que en caso de que el denunciante presente el caso ante la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, el implicado sostendrá un proceso penal en su contra, “la parte denunciante determina si la falta corre por la vía administrativa o penal, según la instancia ante la que denuncie”.

El consejero enfatizó en que caer en estas acciones atentan contra la equidad e imparcialidad con la que se debe realizar una campaña electoral, además, dijo que entre más responsabilidad se tenga en un cargo público, podría enfrentar más sanciones.

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Finalmente, en cuanto al uso de recursos públicos en actos proselitistas, Mojarro Rosas dijo que el proceso de denuncia sigue el mismo curso que el sólo actuar de los servidores, los cuales en caso de ser denunciados, podrían ser amonestados públicamente, pagar una multa e incluso hasta ser inhabilitados de sus funciones, esto por la vía administrativa, mientras que por la penal, se efectúa la privación de la libertad del denunciado.

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Así lo señaló Javier Mojarro Rosas, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral, quien refirió que hace un meses “debido a un litigio que resolvió la Sala Superior del Poder Judicial de la Federación, en el que se determinó que incluso como servidor público si solicita una licencia sin goce de sueldo en un día hábil para hacer actos proselitistas podrían ser sancionados porque esto se presta mucho para la simulación”.

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El funcionario dijo que “un servidor le podría decir a su jefe dame un par de horas para salirme porque tengo un asunto pendiente y se va a un mitin, esto está penado, sólo pueden hacer actos proselitistas en días marcados como inhábiles por la ley, sábados, domingos y días de descanso, ahora se hizo restrictiva en pro de tener una campaña equitativa y evitar la tentación de usar recursos públicos de cualquier naturaleza en favor de una campaña o candidatura en particular”.

Mojarro Rosas enfatizó en que a pesar de que el servidor requiera un permiso, en caso de ser día hábil se considera un acto sancionable; asimismo, refirió que las denuncias se reciben en el IEE, donde en consejo se lleva a cabo una pequeña audiencia con las partes involucradas y posterior a integrar el expediente, se lleva al Tribunal Estatal Electoral, que se encarga de resolver.

Añadió que en caso de que el denunciante presente el caso ante la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, el implicado sostendrá un proceso penal en su contra, “la parte denunciante determina si la falta corre por la vía administrativa o penal, según la instancia ante la que denuncie”.

El consejero enfatizó en que caer en estas acciones atentan contra la equidad e imparcialidad con la que se debe realizar una campaña electoral, además, dijo que entre más responsabilidad se tenga en un cargo público, podría enfrentar más sanciones.

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Finalmente, en cuanto al uso de recursos públicos en actos proselitistas, Mojarro Rosas dijo que el proceso de denuncia sigue el mismo curso que el sólo actuar de los servidores, los cuales en caso de ser denunciados, podrían ser amonestados públicamente, pagar una multa e incluso hasta ser inhabilitados de sus funciones, esto por la vía administrativa, mientras que por la penal, se efectúa la privación de la libertad del denunciado.

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