Por unanimidad, los magistrados de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinaron calificar como improcedente la denuncia presentada por el partido Movimiento Ciudadano en contra del gobernador Martín Orozco Sandoval por promover acciones de su gobierno durante el pasado proceso local electoral.
Dentro del expediente SRE-PSC-64/2019, el promovente acusa también al coordinador de Comunicación Social del Gobierno estatal, Manuel Appendini Carrera, de promover trabajo gubernamental en un momento que ello le estaba impedido por ley.
De igual forma se pedía proceder en contra de las estaciones de radio XHBI, XHAGA, XHLTZ, XHEY, XEDC, XHDC y XHARZ, por haber transmitido sendas entrevistas con el mandatario estatal, donde se dieron a conocer características y políticas del programa de movilidad conocido como “YoVoy”.
Según el partido Movimiento Ciudadano, la transmisión de este material se constituía en una flagrante violación al principio de imparcialidad y uso indebido de recursos públicos.
Tras un análisis del expediente, los magistrados Gabriela Villafuerte Coello, María del Carmen Carreón Castro y Carlos Hernández Toledo, determinaron declarar como inexistentes las infracciones atribuidas a los denunciados, al considerar que dichas entrevistas se llevaron a cabo en un legítimo ejercicio periodístico, amparado en la libertad de expresión e información y no propaganda gubernamental ni información que incidiera en el proceso electoral local, a favor del PAN o alguno de sus candidatos.
El pleno de la Sala Regional Especializada del TEPJF consideró que las entrevistas tuvieron como objetivo informar a la ciudadanía sobre un tema de interés general, al registrarse como consecuencia de manifestaciones, plantones, suspensión del servicio de transporte público concesionado, conatos de violencia y confusión generalizada que ocasionaron caos vial y ausentismo en las escuelas de la ciudad de Aguascalientes.
De igual manera se establece que el contenido de las mismas no contiene referencia alguna a candidaturas o partidos políticos, y no se tiene constancia de que se hubieran contratado o pagado con recursos públicos.
CRITERIO
Magistrados consideran que el mandatario estatal no incidió en el proceso local electoral