/ miércoles 17 de marzo de 2021

Diseñan protocolo contra violencia política de género en Aguascalientes

Hay quienes todavía buscan impedir a las mujeres el ejercicio de sus derechos político-electorales en el proceso electoral 2020-2021

De manera virtual, se presentó el Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género en el Estado de Aguascalientes 2020-2021 elaborado por el Observatorio de Participación Política de las Mujeres de Aguascalientes, agrupación conformada por el Instituto Estatal Electoral (IEE), el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA) y el Instituto Aguascalentense de las Mujeres (IAM).

El instrumento tiene como propósito evitar que prácticas basadas en desigualdades de género impidan el ejercicio igualitario de los derechos político-electorales durante el actual proceso electoral, señaló la magistrada presidenta del TEEA y presidenta del Observatorio, Claudia Eloisa Díaz de León González, al explicar que contiene los mecanismos para atender, prevenir, reparar y sancionar la violencia política, con base en la legislación internacional, nacional y local. Entre las medidas de reparación, destacó la indemnización a las víctimas, la restitución de cargos, disculpas públicas y compromiso de no repetición.

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La Directora General del IAM, Edna Guadalupe García Armería, reconoció que con el aumento de la participación femenina en los asuntos públicos, también incrementaron los actos anteriormente mencionados, lo que vuelve necesario el establecimiento de medidas para garantizar la igualdad de oportunidades para las poblaciones masculina y femenina, con miras a lograr una participación paritaria en la vida política, cultural, económica y social del Estado, como parte de la construcción de una nueva cultura democrática.

Por su parte, Diana Cristina Cárdenas Ornelas, consejera electoral y presidenta de la Comisión de Igualdad Política y No Discriminación del IEE, explicó que la violencia política contra las mujeres por razón de género es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de las mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas y funciones para puestos públicos del mismo tipo.

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Detalló que quienes denuncien presunta violencia política en razón de género, recibirán el acompañamiento de la Dirección Jurídica, la Comisión de Igualdad y la Comisión de Quejas y Denuncias del IEE. Una vez que la Secretaría Ejecutiva tenga conocimiento de los hechos denunciados, informará a esta última comisión para que, en su caso, dicte de inmediato las acciones necesarias para dar fe de los mismos, así como la posible adopción de medidas cautelares.

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Al hacer uso de la voz, el fiscal especial en Delitos Electorales del estado de Aguascalientes, Oscar Guillermo Montoya Contreras, recordó que la violencia política de género fue reconocida como un delito en el artículo 20 Bis de la Ley de Delitos Electorales, el 13 de abril 2020. Las víctimas pueden presentar las denuncias correspondientes ante cualquier agencia del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado, misma que conforme al caso concreto y la conducta denunciada, deberá canalizarla al órgano encargado de procurar justicia en materia electoral.


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El instrumento tiene como propósito evitar que prácticas basadas en desigualdades de género impidan el ejercicio igualitario de los derechos político-electorales durante el actual proceso electoral, señaló la magistrada presidenta del TEEA y presidenta del Observatorio, Claudia Eloisa Díaz de León González, al explicar que contiene los mecanismos para atender, prevenir, reparar y sancionar la violencia política, con base en la legislación internacional, nacional y local. Entre las medidas de reparación, destacó la indemnización a las víctimas, la restitución de cargos, disculpas públicas y compromiso de no repetición.

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La Directora General del IAM, Edna Guadalupe García Armería, reconoció que con el aumento de la participación femenina en los asuntos públicos, también incrementaron los actos anteriormente mencionados, lo que vuelve necesario el establecimiento de medidas para garantizar la igualdad de oportunidades para las poblaciones masculina y femenina, con miras a lograr una participación paritaria en la vida política, cultural, económica y social del Estado, como parte de la construcción de una nueva cultura democrática.

Por su parte, Diana Cristina Cárdenas Ornelas, consejera electoral y presidenta de la Comisión de Igualdad Política y No Discriminación del IEE, explicó que la violencia política contra las mujeres por razón de género es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de las mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas y funciones para puestos públicos del mismo tipo.

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Detalló que quienes denuncien presunta violencia política en razón de género, recibirán el acompañamiento de la Dirección Jurídica, la Comisión de Igualdad y la Comisión de Quejas y Denuncias del IEE. Una vez que la Secretaría Ejecutiva tenga conocimiento de los hechos denunciados, informará a esta última comisión para que, en su caso, dicte de inmediato las acciones necesarias para dar fe de los mismos, así como la posible adopción de medidas cautelares.

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Al hacer uso de la voz, el fiscal especial en Delitos Electorales del estado de Aguascalientes, Oscar Guillermo Montoya Contreras, recordó que la violencia política de género fue reconocida como un delito en el artículo 20 Bis de la Ley de Delitos Electorales, el 13 de abril 2020. Las víctimas pueden presentar las denuncias correspondientes ante cualquier agencia del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado, misma que conforme al caso concreto y la conducta denunciada, deberá canalizarla al órgano encargado de procurar justicia en materia electoral.


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