Ratifica el Supremo Tribunal de Justicia del estado de Aguascalientes sentencia absolutoria por la condena que se le había dictado a Luis Armando Reynoso Femat, dejando sin efecto los nuevos dictámenes periciales que se integraron al expediente, al no otorgarles valor probatorio.
Con anterioridad, una instancia federal resolvió un amparo a favor de la parte acusadora, para que el tribunal que había resuelto la apelación tomara en cuenta dictámenes periciales que no había valorado con anterioridad, esto, como elementos probatorios del menoscabo patrimonial que sufrió el Gobierno del estado.
Sin embargo, la confirmación de la absolución fue publicada el día de ayer en las listas de acuerdos de la Sala Penal del Poder Judicial, en el expediente 0280/2017, sobre la venta de terrenos ubicados en Villas de Nuestra Señora de la Asunción, que supuestamente se habrían vendido a un precio inferior al comercial.
Por este hecho, el Instituto de Vivienda del Estado de Aguascalientes (IVEA) interpuso una denuncia en contra de Luis Armando Reynoso. En primera instancia el exgobernador fue condenado a dos años y diez meses de prisión, así como a la devolución de 17 millones de pesos; sentencia que el inculpado apeló y obtuvo la absolución.
Por lo anterior, el IVEA interpuso un juicio de amparo, el cual se resolvió a su favor para que se tomaran en cuenta las pruebas ofrecidas dentro de todo el proceso, y se dicte la resolución con libertad de jurisdicción.
Cabe destacar, que la parte acusatoria tiene un plazo de 15 días para impugnar la sentencia ante la Suprema Corte de Justicia.
EL DATO
Confirman absolución al exgobernador por el expediente 0280/2017.