/ domingo 13 de febrero de 2022

Penales de Aguascalientes están llenos de personas sin condena

Diariamente dos individuos son recluidos mientras son sometidos a proceso; subutilizan jueces otras medidas cautelares

En promedio, dos personas son enviadas diariamente a prisión sin haber recibido una sentencia condenatoria en Aguascalientes, esto, según estadísticas del Poder Judicial a nivel local.

Entre 2018 y 2020 un total de 2 mil 035 personas vinculadas a un proceso jurídico fueron remitidas a un centro penitenciario bajo la medida cautelar de “prisión preventiva”; a la fecha no existen estadísticas oficiales con relación a 2021.

La prisión preventiva es la segunda medida cautelar a la que más recurren los jueces en materia penal, solamente por detrás de la presentación periódica ante la Unidad Estatal de Vigilancia de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso, a donde deben acudir a firmar una bitácora en los plazos que dicte el juzgador.

➡️ Detienen a presuntos responsables del asesinato del periodista Heber López Vásquez

Cabe recordar que entre los delitos por los cuales se puede establecer la prisión preventiva se encuentran abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, entre otros.

Otras medidas cautelares que son decretadas con frecuencia por los jueces en materia penal en contra de las personas que son vinculadas a un proceso, se encuentran la prohibición de salir sin autorización del país o del estado; la prohibición de convivir acercarse o comunicarse con determinadas personas; la prohibición de concurrir a determinadas reuniones o acercarse o ciertos lugares; así como el depósito de una garantía económica.

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Por el contrario, a pesar de que están contempladas en el Código Penal, prácticamente están en desuso el sometimiento al cuidado de una autoridad, el resguardo en su propia vivienda con las modalidades que el juez disponga (prisión domiciliaria), la suspensión temporal en el ejercicio de una determinada actividad profesional o laboral.

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Entre 2018 y 2020 un total de 2 mil 035 personas vinculadas a un proceso jurídico fueron remitidas a un centro penitenciario bajo la medida cautelar de “prisión preventiva”; a la fecha no existen estadísticas oficiales con relación a 2021.

La prisión preventiva es la segunda medida cautelar a la que más recurren los jueces en materia penal, solamente por detrás de la presentación periódica ante la Unidad Estatal de Vigilancia de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso, a donde deben acudir a firmar una bitácora en los plazos que dicte el juzgador.

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Cabe recordar que entre los delitos por los cuales se puede establecer la prisión preventiva se encuentran abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, entre otros.

Otras medidas cautelares que son decretadas con frecuencia por los jueces en materia penal en contra de las personas que son vinculadas a un proceso, se encuentran la prohibición de salir sin autorización del país o del estado; la prohibición de convivir acercarse o comunicarse con determinadas personas; la prohibición de concurrir a determinadas reuniones o acercarse o ciertos lugares; así como el depósito de una garantía económica.

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Por el contrario, a pesar de que están contempladas en el Código Penal, prácticamente están en desuso el sometimiento al cuidado de una autoridad, el resguardo en su propia vivienda con las modalidades que el juez disponga (prisión domiciliaria), la suspensión temporal en el ejercicio de una determinada actividad profesional o laboral.

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