El municipio obligado a suministrar el agua

El aprovisionamiento del vital líquido debe ser continuo y suficiente para que cada persona pueda satisfacer necesidades domésticas y de salud

José Chávez Santana

  · jueves 13 de septiembre de 2018

Foto: José María Vázquez

Ciudadanos y organizaciones civiles organizadas, iniciaron el 12 de octubre de 2017, la recolección de firmas para demandar la suspensión de actividades de la Concesionaria de Agua (CAASA) por el mal servicio prestado y cobros excesivos.

En este contexto, señalaron en conferencia de prensa Oscar Francisco Guerrero Muñoz y Rodolfo Moreno Macías, se lograron reunir 10 mil firmas,

algunas frente a Palacio Municipal durante los miércoles ciudadanos y el resto en varias de las colonias populares de esta capital

Estas firmas, indicaron, fueron entregadas el pasado 20 de marzo junto con un escrito que enumera las disposiciones legales ignoradas, al área jurídica de la Comisión Ciudadana de Agua Potable (CCAPAMA).

Al respecto, Moreno Macías comentó que de acuerdo con el que con el párrafo sexto del Artículo Cuarto de la Constitución,

toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento del agua para el consumo personal y doméstico en forma suficiente, saludable, aceptable y asequible

Esta disposición, añadió, se encuentra entre los derechos humanos indispensables y que está vinculado con otros derechos fundamentales como los de la alimentación, higiene y salud, de ahí

la obligación del Estado de garantizar el acceso sin limitación alguna al agua por lo que el ciudadano tiene derecho a no sufrir cortes arbitrarios del suministro de este vital líquido, sobre todo ante una dotación de agua de mala calidad e insuficiente.Rodolfo Moreno Macías

Por tanto, añadió, el derecho humano al agua debe ser sostenible por lo que no debe ser aceptable el racionamiento o tandeo.