/ martes 3 de agosto de 2021

Democracia Representativa o Participativa

En México la democracia representativa es la forma de participación de los ciudadanos se deposita en representantes de los poderes ejecutivos federal y estatales (presidente de la república y gobernadores de los estados); poderes legislativos: Congreso de la Unión (diputados y senadores), Congresos locales (diputados de los estados) y; Ayuntamientos de los municipios (alcaldías, sindicaturas y regidurías de ayuntamientos), sus deliberaciones involucran a toda la colectividad, no son tomadas directamente por quienes forman parte de ella, sino por personas elegidas para ese fin. La democracia participativa se prevé como forma directa de participación ciudadana en temas de trascendencia nacional o regional mediante diversas figuras jurídicas, al igual que la representativa se encuentran especificadas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y son la iniciativa popular, plebiscito, referéndum, consulta popular, revocación del mandato; sus deliberaciones involucran a parte de la colectividad, es decir son tomadas en cuenta y podrán ser vinculantes dependiendo del porcentaje de su participación respecto a la lista Nacional de electores (ciudadanos) . Entiéndase entonces a la consulta popular como un instrumento o herramienta necesaria para la transición democrática en vías de formación, para desmantelar un régimen neoliberal y establecer un régimen de carácter social-demócrata-liberal.

El recién pasado domingo 1 de agosto los mexicanos tuvimos la oportunidad de ejercer la libertad de decidir por uno de los derechos que como ciudadanos recientemente fueron reformados y adicionados a propósito de las reformas y adiciones en nuestra Constitución, nos referimos a la fracción VIII del artículo 35 que señala las condicionantes y/o requisitos para llevar a cabo una consulta popular. En la intencionalidad de un cambio de régimen desgastado y caduco el actual congreso de la unión promovió la vigencia de la Ley Federal de Consulta Popular con reformas estructurales a la CPEUM, para institucionalizar dicho ejercicio a una forma de democracia participativa directa en la que se reconoce el derecho ciudadano de “Votar en consultas populares sobre temas de trascendencia nacional o regional…” las cuales se debieron sujetar a una serie de etapas y mecanismos de instrumentalización en ambas fuentes de derecho vigente (CPEUM inciso reformado DOF 20-12-2019 y Ley Federal de Consulta Popular con reformas y adiciones DOF 19-05-2021).

La consulta objeto del ejercicio democrático experimentado hace dos días, nos deja enseñanzas más allá de los resultados de participación obtenidos, no obstante, el requerimiento de un mínimo para ser vinculante. El aprendizaje es que nos deja trama para análisis en el que debemos descifrar, si como pueblo mexicano estamos preparados para construir ciudadanía en cualquiera de las formas democráticas adoptadas en nuestro sistema jurídico. Indudablemente, éste primer ejercicio reconoce un precedente de alternativas como nación regresar a un pasado devastador que hemos padecido por más de tres décadas, o bien, no detener el rumbo iniciado en la presente administración con la cuarta transformación.

Para efectos de llevar a cabo y dar certidumbre al primer ejercicio del derecho ciudadano de votar en la consulta popular, la legislación en la materia prevé condicionantes, también conocidos como requisitos, como lograr un resultado de participación ciudadana superior a cuarenta por ciento de la lista nacional; es decir de 93,671,697 ciudadanas y ciudadanos registrados al corte (INE). Para ser vinculante la consulta popular se debe obtener cuando menos un total de 37,411,407 participaciones que equivale a dicho porcentaje. En ese orden, Aguascalientes la meta de 40% debió ser una participación de 406,962 boletas de consulta, ya que al corte se cuenta con1,023,134 electores.

De acuerdo al conteo del INE, se reconoce un porcentaje de participación ciudadana en el territorio nacional de 7.0998% equivalente a 6,648,561 participaciones (boletas). Para nuestro caso (Aguascalientes), los resultados fueron de 38,474 participaciones (boletas) que equivalen al 3.7604% de la lista nacional del estado.

Los resultados obtenidos en este primer intento de construir democracia participativa, invita a un análisis profundo –no solo de quien o quienes posean el merecido y bien reconocido crédito de impulsar ciudadanización-, para opinar y participar en las decisiones de gobierno; en ese sentido, no solo el pueblo sino también, el gobierno, sociedad civil, partidos políticos, instituciones, a los mexicanos en general, mantenemos la oportunidad de reinventarnos, para revisar nuestro actuar y confirmar nuestro espíritu de lucha democratizadora.

La dedicatoria del resultado tiene mayor responsabilidad para INE, en quien los mexicanos tenemos nuestras reservas a pesar de sus primeras declaraciones de vanagloriarse de haber sido un éxito la consulta popular. No podría ser de otra forma. El resultado es espejo de la confianza depositada por los mexicanos a una institución responsable de promover y garantizar la democracia auténtica.

¡El pueblo que quiere ser libre… lo será!

En México la democracia representativa es la forma de participación de los ciudadanos se deposita en representantes de los poderes ejecutivos federal y estatales (presidente de la república y gobernadores de los estados); poderes legislativos: Congreso de la Unión (diputados y senadores), Congresos locales (diputados de los estados) y; Ayuntamientos de los municipios (alcaldías, sindicaturas y regidurías de ayuntamientos), sus deliberaciones involucran a toda la colectividad, no son tomadas directamente por quienes forman parte de ella, sino por personas elegidas para ese fin. La democracia participativa se prevé como forma directa de participación ciudadana en temas de trascendencia nacional o regional mediante diversas figuras jurídicas, al igual que la representativa se encuentran especificadas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y son la iniciativa popular, plebiscito, referéndum, consulta popular, revocación del mandato; sus deliberaciones involucran a parte de la colectividad, es decir son tomadas en cuenta y podrán ser vinculantes dependiendo del porcentaje de su participación respecto a la lista Nacional de electores (ciudadanos) . Entiéndase entonces a la consulta popular como un instrumento o herramienta necesaria para la transición democrática en vías de formación, para desmantelar un régimen neoliberal y establecer un régimen de carácter social-demócrata-liberal.

El recién pasado domingo 1 de agosto los mexicanos tuvimos la oportunidad de ejercer la libertad de decidir por uno de los derechos que como ciudadanos recientemente fueron reformados y adicionados a propósito de las reformas y adiciones en nuestra Constitución, nos referimos a la fracción VIII del artículo 35 que señala las condicionantes y/o requisitos para llevar a cabo una consulta popular. En la intencionalidad de un cambio de régimen desgastado y caduco el actual congreso de la unión promovió la vigencia de la Ley Federal de Consulta Popular con reformas estructurales a la CPEUM, para institucionalizar dicho ejercicio a una forma de democracia participativa directa en la que se reconoce el derecho ciudadano de “Votar en consultas populares sobre temas de trascendencia nacional o regional…” las cuales se debieron sujetar a una serie de etapas y mecanismos de instrumentalización en ambas fuentes de derecho vigente (CPEUM inciso reformado DOF 20-12-2019 y Ley Federal de Consulta Popular con reformas y adiciones DOF 19-05-2021).

La consulta objeto del ejercicio democrático experimentado hace dos días, nos deja enseñanzas más allá de los resultados de participación obtenidos, no obstante, el requerimiento de un mínimo para ser vinculante. El aprendizaje es que nos deja trama para análisis en el que debemos descifrar, si como pueblo mexicano estamos preparados para construir ciudadanía en cualquiera de las formas democráticas adoptadas en nuestro sistema jurídico. Indudablemente, éste primer ejercicio reconoce un precedente de alternativas como nación regresar a un pasado devastador que hemos padecido por más de tres décadas, o bien, no detener el rumbo iniciado en la presente administración con la cuarta transformación.

Para efectos de llevar a cabo y dar certidumbre al primer ejercicio del derecho ciudadano de votar en la consulta popular, la legislación en la materia prevé condicionantes, también conocidos como requisitos, como lograr un resultado de participación ciudadana superior a cuarenta por ciento de la lista nacional; es decir de 93,671,697 ciudadanas y ciudadanos registrados al corte (INE). Para ser vinculante la consulta popular se debe obtener cuando menos un total de 37,411,407 participaciones que equivale a dicho porcentaje. En ese orden, Aguascalientes la meta de 40% debió ser una participación de 406,962 boletas de consulta, ya que al corte se cuenta con1,023,134 electores.

De acuerdo al conteo del INE, se reconoce un porcentaje de participación ciudadana en el territorio nacional de 7.0998% equivalente a 6,648,561 participaciones (boletas). Para nuestro caso (Aguascalientes), los resultados fueron de 38,474 participaciones (boletas) que equivalen al 3.7604% de la lista nacional del estado.

Los resultados obtenidos en este primer intento de construir democracia participativa, invita a un análisis profundo –no solo de quien o quienes posean el merecido y bien reconocido crédito de impulsar ciudadanización-, para opinar y participar en las decisiones de gobierno; en ese sentido, no solo el pueblo sino también, el gobierno, sociedad civil, partidos políticos, instituciones, a los mexicanos en general, mantenemos la oportunidad de reinventarnos, para revisar nuestro actuar y confirmar nuestro espíritu de lucha democratizadora.

La dedicatoria del resultado tiene mayor responsabilidad para INE, en quien los mexicanos tenemos nuestras reservas a pesar de sus primeras declaraciones de vanagloriarse de haber sido un éxito la consulta popular. No podría ser de otra forma. El resultado es espejo de la confianza depositada por los mexicanos a una institución responsable de promover y garantizar la democracia auténtica.

¡El pueblo que quiere ser libre… lo será!